Gestión de los trámites del testamento y la herencia

En A-Z Paperwork podemos ayudarte con los trámites y gestiones derivados de la aceptación de una herencia, el cambio de titularidad de los bienes inmuebles que en ella se incluyen, los trámites con el Registro de la Propiedad o la satisfacción de los impuestos que de este se derivan, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o la Plusvalía Municipal.

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El testamento: el título sucesorio

El testamento es el documento en el cual el testador hace constar su última voluntad. Para realizar un testamento adecuadamente es necesario contar con un buen asesoramiento, para asegurarse de que todas las clausulas están en reglas, y para conocer las consecuencias fiscales y el pago de impuestos que de las distintas clausulas pueden derivarse.

El notario se encarga de la custodia del documento original en el que consta el testamento, y lo mantiene en el más absoluto secreto con todas las garantías, de modo que nadie pueda averiguar ni si el testamento existe ni cuál es su contenido.

El certificado de últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es el único documento capaz de acreditar dos aspectos: si una persona ha otorgado testamento  y ante qué notario lo ha otorgado. Se trata de un documento prescriptivo para la realización de cualquier acto relacionado con la sucesión.

Declaración de herederos

La declaración de herederos también conocida como las actas de declaración de herederos ab intestato, es la forma de repartición de los bienes sucesorios cuando la persona fallecida no hizo constar ningún testamento.

Certificado de defunción

El certificado de defunción es el único documento oficial capaz de acreditar que una persona ha fallecido. Es posible obtener un certificado de defunción en distintas modalidades:

  • Extractos o literales: los extractos son un resumen de la información que consta en el Registro Civil relativa al fallecimiento, mientras que los literales son una copia literal de la inscripción que contienen todos los datos al completo.
  • Ordinarios, internacionales (plurilingües) o bilingües: los extractos pueden ser de varios tipos en función de la lengua en el que son expedidos. Los ordinarios son los expedidos en lengua castellana. Los internacionales se expiden en la lengua oficial de todos los países firmantes del Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976, que son España, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Suiza, Turquía, Eslovenia, Croacia, Macedonia, Bosnia, Serbia, Polonia, Montenegro, Moldavia, Lituania, Estonia, Rumanía y Bulgaria. Por último, el certificado bilingüe es aquel que tienen lugar cuando una Comunidad Autónoma española tiene otra lengua cooficial.

Liquidación de impuestos: Sucesiones y Donaciones y Plusvalía Municipal

Podemos ayudarte con las gestiones derivadas del pago Impuesto de Sucesiones y Donaciones, tanto de residentes como de no residentes, así como del pago de la llamada Plusvalía Municipal.

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